NOTA DE PRENSA | Centro Jurídico Tomás Moro

Andalucía Laica quiere prohibir la religión con engaños

  • Andalucía Laica denuncia que "las procesiones infantiles en los centros escolares son un lamentable abuso clerical en la escuela pública".
  • En Centro Jurídico Tomás Moro se ve en la necesidad de puntualizar las afirmaciones realizadas por la Asociación Andalucía Laica en su comunicación a los Consejos Escolares, pues es necesario recordar que la educación se ha de fundamentar en la verdad y en la libertad, no en el engaño y la imposición totalitaria.

 

Madrid, a 27 de abril de 2017


 

Andalucía Laica se ha dirigido a todos los Consejos Escolares para informar sobre lo que ellos entienden "un abuso confesional" de los actos religiosos en los centros escolares.
El Centro Jurídico Tomás Moro no tendría nada que decir si dicha comunicación fuera simplemente la manifestación de la opinión de una Asociación, no obstante este Centro Jurídico Tomás Moro se ve en la necesidad de contestar a Andalucía Laica por cuanto la comunicación remitida a los Consejos Escolares falta a la verdad y supone un peligroso límite a las libertades civiles.

Efectivamente, el comunicado dirigido a los Consejos Escolares (que se puede consultar en la web de Andalucía Laica https://laicismo.org/2017/andalucia-laica-se-dirige-a-todos-los-consejos-escolares-para-informar-del-abuso-confesional-de-los-actos-religiosos-en-los-centros/161673) parte de supuestos falsos y trata de impedir el ejercicio de las libertades civiles por parte de los padres.
Para justificar su denuncia ("que las procesiones infantiles en los centros escolares son un lamentable abuso clerical en la escuela pública") la citada asociación cita el artículo 21.2 del Estatuto de Andalucía, pero en su cita textual mutila la integridad del texto legal. Efectivamente, dice Andalucía Laica (reproduciendo dicho artículo) que “La enseñanza pública, conforme al carácter aconfesional del Estado, será laica” siendo necesario recordar la integridad del artículo:
"21.2. Los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones. La enseñanza pública, conforme al carácter aconfesional del Estado, será laica.
Los poderes públicos de la Comunidad tendrán en cuenta las creencias religiosas de la confesión católica y de las restantes confesiones existentes en la sociedad andaluza."
Es decir Andalucía Laica falta a la verdad al referir únicamente que la enseñanza pública será laica, pues en dicho artículo se garantiza el derecho a los padres a elegir la formación religiosa de sus hijos.
Igualmente es necesario recordar que aunque la enseñanza sea laica y el Estado sea aconfesional, los ciudadanos no son necesariamente aconfesionales ni laicos, es decir una cosa es la aconfesionalidad del Estado y otra bien distinta que se pretende imponer aconfesionalidad a los padres y estudiantes que sí tienen una.

Igualmente Andalucía Laica refiere en su comunicado que han podido comprobar cómo al llegar la Semana Santa los "Consejos Escolares y Equipos Directivos se pliegan, año tras año, ante el lobby católico y su objetivo de “evangelización” infantil", sin embargo no da prueba ninguna de dicha constatación pues a este Centro Jurídico Tomás Moro le consta que en los Centros Escolares Públicos no se reciben instrucciones pastorales de la jerarquía eclesiástica. Si lo que pretende decir la precitada Asociación es que los padres en ejercicio de su libertad proponen a los Consejos Escolares el impulso de determinadas actividades, y por mayoría se decida la organización de las mismas, no entiende este Centro Jurídico el problema que encuentra Andalucía Laica en el ejercicio de la libertad educativa por parte de los padres y profesores.
En su comunicado Andalucía Laica cita el Reglamento Orgánico de la Educación Pública (BOJA, decreto 328/2010) que dispone como uno de los derechos de los alumnos "el respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales”, pretendiendo justificar que la organización de determinadas actividades supone "utilizar a los niños sin espíritu crítico siendo un abuso de su Libertad de Conciencia". Andalucía Laica debería volver a leer el precitado artículo por cuanto la norma jurídica lo que garantiza es el respeto a la libertad de conciencia y las convicciones religiosas y morales, y dicho respeto no solo se ha de cumplir con quién ninguna convicción religiosa tenga, sino que se ha de cumplir también con quien si tenga una convicción religiosa, teniéndose que respetar, por tanto, la manifestación de cualquier convicción religiosa (no únicamente protegiéndose a los que la citada asociación entiende por laicos)

En su comunicación dicha asociación denuncia que supuestamente "la injerencia de la religión en la escuela traumatiza a multitud de niñas y niños, que no entienden la segregación del resto de sus compañeros. Por imperativo legal, son obligatorias las clases de religión; no comprendemos como Equipos directivos y Consejos Escolares pueden ser cómplices de este trauma sobre los más pequeños ampliando esta división a distintas actividades fuera del horario exclusivo de la asignatura confesional", denuncia que falta manifiestamente a la verdad, por cuanto no aporta dato alguno sobre los supuestos traumas infantiles, y se trata de justificar la realización de un daño a los menores que no es real. Igualmente se miente al afirma que las clases de religión son obligatorias, pues legalmente en España las clases de religión son voluntarias y de libre elección por parte de los padres y tutores. En este sentido el Centro Jurídico Tomás Moro insta a Andalucía Laica a denunciar en los Juzgados si en algún colegio andaluz se imparte clases de religión a algún alumno con la oposición expresa de sus padres o tutores.

Igualmente la Asociación Andalucía Laica vuelve a acusar a las actividades voluntarias desarrolladas en Semana Santa como causa de "absentismo escolar", sin dar ni un sólo dato numérico de dicho absentismo.

Afirma en su comunicado que "ninguna religión o ideología debe imponerse aunque sea mayoritaria" circunstancia sobre la que este Centro Jurídico está de acuerdo, pero es necesario matizar que tampoco se puede imponer el ateísmo, o el agnosticismo a quien profesa cualquier religión, pues es igual de injusto imponer una fe a quién no la profesa como imponer la no fe a quién sí profesa una fe o creencia.

Igualmente el comunicando de Andalucía Laica insulta a todos los católicos y no católicos que deciden marcar la casilla de la Iglesia en su declaración de la Renta pues según dicha asociación los que deciden su contribución económica en la declaración de Hacienda lo hacen por "engaños publicitarios". Dicha afirmación resulta intolerable pues se pretende decir que todos los que cumplimentan la casilla tributaria de la Iglesia lo hacen por ignorancia y por falta de capacidad intelectual, al creerse supuestamente una publicidad engañosa.

Desde el Centro Jurídico Tomás Moro siempre hemos abogado por la mayor libertad posible en el ámbito educativo, por cuanto la educación es una de las materias más sensibles, por ello mismo defendemos que no puede existir ningún tipo de monopolio en el ámbito educativo, siendo necesaria la existencia de centros públicos, privados y concertados, centros de orientación laica, y religiosa, pero siempre que se posibilite a los padres un derecho real a la elección del centro, y siempre que se respete el derecho de los padres a elegir el tipo de educación que deseen para sus hijos, pues es necesario recordar que la libertad educativo no acaba en la libertad de elección del centro educativa, sino que se ha de posibilitar que los padres ejerzan mayor libertad en la elección de los contenidos educativos.

Desde el Centro Jurídico Tomás Moro consideramos que comunicados como los de Andalucía Laica no aportan argumentos al debate abierto en la sociedad española, pues cualquier debate se ha de plantear desde la verdad y la libertad. La mentira, los datos no contrastado y la imposición obligatoria de una creencia o falta de la misma, no puede inspirar la política educativa, pues es necesario recordar que tan lesivo para la libertad sería imponer una fe o creencia a todos, como tratar de imponer a todos la falta de cualquier fe o creencia.

Desde el Centro Jurídico Tomás Moro no entendemos como en pleno siglo XXI algunos tratan de justificar el totalitarismo como forma de educación en lugar de fomentar la libertad de elección de los padres y alumnos, y respetar la libertad educativa de los centros y del profesorado, sin imposiciones dogmáticas de los poderes públicos, siendo necesario recordar que la educación es una competencia de los padres, y el poder estatal o autonómico simplemente debe ayudar a los padres a cumplir con sus obligaciones educativas, pero sin sustituir el derecho/deber de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones.

Recursos informativos: Se puede leer la carta dirigida por Andalucia Laica a los Consejos Escolares en el siguiente enlace: https://laicismo.org/2017/andalucia-laica-se-dirige-a-todos-los-consejos-escolares-para-informar-del-abuso-confesional-de-los-actos-religiosos-en-los-centros/161673

 

Para más información:

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