Hazte Oir pide al Ministerio de Industria que actúe contra el programa Buenafuente de la Sexta
Fotonoticias Lunes, 15 de Noviembre de 2010 22:32
HO entiende que "existe posible vulneración de la Ley General de Comunicación porque "el contenido del vídeo (una burla sobre el Papa y la Iglesia Católica) constituye publicidad ilícita, según disponen los artículos 57 y 60 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación.
--Artículo 57. Infracciones muy graves.
Son infracciones muy graves:
1. La emisión de contenidos que de forma manifiesta fomenten el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social.
--Artículo 60. Sanciones.
1. Las infracciones muy graves serán sancionadas:
a) En todo caso, con multa de 500.001 hasta 1.000.000 de euros para los servicios de comunicación audiovisual televisiva
Consideran que el contenido del vídeo emitido por La Sexta "atenta contra a la dignidad de un colectivo de personas (los miembros de la Iglesia Católica) y a sus convicciones religiosas que de hecho supone una discriminación hacia ese colectivo por motivos de religión".